En un fallo inédito, un juzgado de Familia de Rosario ordenó bloquear las redes sociales de un hombre por incumplimiento en el pago de alimentos de sus hijos. Para que el padre “destine su tiempo para generar los ingresos que permitan satisfacer las necesidades de sus hijos”. También dispuso su inhibición de bienes y prohibiciones de asistencia a espectáculos deportivos y dela renovación de licencia de conducir.
La decisión fue tomada por la jueza Gabriela Topino, del juzgado Colegiado N°7 de Rosario, a pedido del abogado Sebastián Navas, representante de la madre de dos niños de siete y nueve años que demandó a su ex pareja por alimentos.
No era el primer fallo en contra del hombre, quien no cumplió una sentencia anterior. La resolución apunta a la perspectiva de género, con citas a la Convención de Belém do Pará y la ley nacional N°26.485 de para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
En declaraciones periodísticas a medios de Rosario, el abogado demandante afirmó que “a raíz del incumplimiento de esa sentencia, en nombre de los hijos menores, se solicitaron medidas cautelares, entre ellas una inhibición general, que ya está decretada. Y ante el sostenido incumplimiento de la sentencia solicité medidas complementarias para efectivizar y ejecutar aquel fallo”.
Precisó que “dentro de esas medidas cautelares se encuentran la prohibición de renovar el carné de conductor, prohibición de asistencia a espectáculos deportivos, inclusión en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y el bloqueo de redes sociales. Eso lo hicimos con el fin de que esta persona, en lugar de gastar su tiempo en recreación y entretenimiento que implican las redes sociales, dedique ese tiempo a poder generar ingresos para satisfacer las necesidades de dos menores de siete y nueve años”.
Fuente: Infobae.