Nuevos topes para transferir sin que los bancos y billeteras virtuales tengan que informarlo.

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🔵 Los bancos o billeteras virtuales tienen la obligación de informar movimientos financieros, pero a partir de determinados montos. Esos topes fueron los que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó y se aplican para transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.

📌 En un comunicado, la AFIP detalló que el fisco “se encuentra abocado a la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, a través de la instrumentación de mecanismos tendientes a mejorar sus regímenes de información”. En consecuencia, decidió modificar la Resolución General N° 4298, que regulaba “la obligación de informar de las entidades financieras”.

📎 Según dicha normativa el monto desde el cual las entidades financieras estaban obligadas a informar transferencias, acreditaciones, extracciones y saldos de cuenta partía desde $200.000. Asimismo, los consumos con tarjeta de débito superiores a $120.000 también debían ser informados. Estos números corresponden a una actualización de la resolución realizada en 2023.

👉 La reciente modificación elevó esos topes y los estipuló de la siguiente manera:

-Acreditaciones: desde $700.000
-Extracciones: desde $700.000
-Saldos mensuales: desde $700.000
-Consumos con tarjetas de débito de titular o adicionales: desde $400.000.

26 de mayo de 2024.-

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