Saladillo | IOMA abandona: el Concejo Deliberante tratará pedido de informes ante graves incumplimientos de la obra social.-

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Este martes 3 de octubre de 2023 se incorporó en el Orden del Día de la 14º Sesión Ordinaria del Concejo Deliberante de Saladillo el Proyecto de comunicación para el tratamiento del pedido de informes al Directorio de IOMA sobre distintos aspectos que hacen al funcionamiento de dicha obra social en el Partido de Saladillo.


El proyecto detalla los antecedentes de incumplimientos graves en las prestaciones que conforme la normativa vigente le corresponden a los afiliados, no sólo en el Distrito de Saladillo donde específicamente los empleados públicos municipales, activos y jubilados a través de la ordenanza que oportunamente legisló sobre la obligatoriedad a dicha obra social, sino y de otros estamentos en que los trabajadores estatales se encuentran cautivos por la obligatoriedad existente así en caso de docentes, fuerzas de seguridad, entre otros.


El tratamiento se realizará en comisión y posterioremente se tratará en sesión en la que la autora, la abogada Graciela Achabal, solicitó la banca del pueblo para expresar a los ediles los fundamentos de lo peticionado que además del pedido de informes a IOMA y a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, prevé de la declaración de emergencia en prestaciones médico asistenciales por discapacidad; incorporar esta problemática al debate público entre otros.


«IOMA hoy abandona a sus afiliados, no sólo en Saladillo, en un caso aberrante de lo que pretende hacer con mi padre trasladándolo a un depósito de ancianos en otra ciudad por falta de prestadores a nivel local, cuando lo que debe hacer es cumplir con las prestaciones en el domicilio del paciente. Sino que en toda la provincia de Buenos Aires miles de afiliados padecen la desidia y el incumplimiento de toda la normativa vigente en materia de derecho a la salud, a la vida digna aún con sentencias judiciales favorables firmes conculcando todos los derechos. Es necesario que toda la clase política se haga eco de la gravedad de lo que está pasando tanto a nivel local como provincial», detalló la autora del proyecto.

A continuación el proyecto de comunicación completo

Visto  lo dispuesto por   la Ley Orgánica de las Municipalidades en el  Decreto-Ley 6769/58 y sus actualizaciones, y el Reglamento Interno de este Concejo Deliberante de la ciudad de Saladillo;

Y considerando,

Que,  los derechos a la vida, a las salud así como a una   mejor calidad de vida de las personas que padecen patologías crónicas así como a aquellas que padecen discapacidad  resultan garantías de raigambre constitucional que no deben ser ignoradas por ningún organismo del estado, y,  sobre cuyas problemáticas tiene facultades para tratar este cuerpo;

            Que,  el Instituto  de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires IOMA a la fecha incurre en dilaciones, obstrucciones e incumplimientos de prestaciones amparadas por  la normativa vigente, así como por sentencias judiciales de miles de afiliados que se ven obligados a iniciar acciones para peticionar el cumplimiento de las prestaciones que corresponden conforme la normativa vigente,

            Que,  dicha situación surge de ser la aquí firmante abogada que ha patrocinado  y /o asesorado a distintas familias con integrantes con alguna situación de salud y/o discapacidad;  por mi  trabajo a través de la ONG Primera Infancia Argentina,  además de ser hija de un afiliado con discapacidad  irreversible  quien requiere el máximo nivel de apoyos ya que padece desautonomía total, y a quien IOMA  en noviembre de 2022 dejó de brindarle las prestaciones que por derecho le corresponden , por lo cual me vi obligada en diciembre de 2022  a iniciar una acción de amparo para procurar  por la vía judicial el cumplimiento de las prestaciones médico asistenciales que conforme al sistema normativo vigente le corresponde a mi padre;

                        Que,  desde el ámbito de participación colectiva  que integro junto a distintas ONG, asociaciones y familiares de personas con discapacidad que suman  miles de casos  en la Provincia de Buenos Aires se ha coincidido en  la necesidad de  declarar la Emergencia en Discapacidad ya sea por la falta de prestaciones médico – asistenciales como por la desactualización de los honorarios profesionales. En este sentido y bajo el lema “La discapacidad en agenda” se le ha hecho llegar a todos los candidatos  a presidente y a gobernador/a  e intendentes, la grave crisis que presenta el sector. Lo que en el caso de IOMA se evidencia como una de las obras sociales con mayores obstáculos para el cumplimientos de las prestaciones y actualización de aranceles.

            Que,  en lo particular, en fecha 18/1/2023 el Juzgado en lo Correccional Nº4 de La Plata dictó sentencia definitiva haciendo lugar a la Acción de Amparo entablada por la aquí firmante, ordenando  el cumplimiento de todas las prestaciones medio asistenciales que mi padre requiere (Se acompaña comprobante), pero que a la fecha de la presentación de esta petición sólo hemos conseguido una silla de ruedas, además del maltrato y del incumplimiento total de las prestaciones conforme a la sentencia judicial firme;

            Que,  no sólo es el incumplimiento total  de la normativa vigente y de la sentencia judicial firme,  sino la denegación más aberrante del derecho a la salud y a vida cual es la pretensión que ahora tiene IOMA que es  trasladar a mi padre a un Hogar de Ancianos fuera de la ciudad de Saladillo porque alega que IOMA no tiene profesionales para cubrir las prestaciones, algo que no resiste el menor análisis porque lo que IOMA debe hacer es cumplir con las prestaciones en Saladillo, lugar de residencia de mi padre en su domicilio y acompañado de sus familiares en la última etapa de su vida.

                        Que,  mi padre Alberto Achabal de 78 años de edad,  ha sido un trabajador municipal que por casi 35 años ha prestado funciones en el Municipio de Saladillo así como  previo a eso ha sido Concejal por la UCR en el año 1973 cuando aún era honorario dicho cargo electivo (Se acompaña comprobante) y ha prestado distintas colaboraciones solidarias en instituciones, lo  que a raíz de su patología de base progresiva e irreversible que ha avanzado con el correr de los años ha  limitado  sus funcionalidad, y ha quedado en los últimos cinco  años con una discapacidad total y permanente agravada este último año por la falta de las prestaciones debidas,  en cabeza de la obra social  IOMA; párrafo aparte para expresar que aún a esta fecha no cuenta con su jubilación debido a las excesivas e indebidas demoras en el IPS (Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires).

                        Que,  cito con detalles mi caso personal, pero en nuestra ciudad  existen cada vez más afiliados con dilaciones e incumplimiento de prestaciones que por ley les corresponden, así como en algunos casos también con sentencias firmes favorables IOMA perpetúa los incumplimientos, y en los casos como el de mi padre,  de personas con discapacidad,  existe un alto  nivel de precariedad  de las prestaciones pero muchas familias que no tienen otros recursos y no les queda otra alternativa que  seguir soportando aún en esas condiciones indebidas.

            Que, la perspectiva legislativa local debe contemplar las condiciones de  los cerca de 1000 trabajadores municipales tienen como Obra social Obligatoria el IOMA y deben estar sometidos a estas paupérrimas condiciones cuando los descuentos se realizan en tiempo y forma, salvo excepciones, claramente hay quienes tienen mejor suerte o privilegios, pero  con ello no puede pretender negarse o  descalificar las situaciones de cientos de miles de afiliados en la Provincia de Buenos Aires. Es en razón de estas circunstancias que la problemática resulta de  interés general suficiente para que este cuerpo legislativo  se haga eco de  esta situación y actúe en consecuencia debatiendo públicamente sobre el derecho al acceso a la salud de los trabajadores municipales tanto  activos como jubilados y resolviendo poner en práctica las acciones conducentes para hacer cesar estas prácticas contrarias a toda la legislación vigente; IOMA es la cobertura asistencial obligatoria de docentes, policías, empleados públicos, trabajadores municipales y jubilados del IPS. Tiene más de 1.2 millones de afiliados “cautivos” y más  medio millón de voluntarios.

            Que,  los honorarios paupérrimos que reciben actualmente los profesionales y prestadores, así como la  falta de pagos  en tiempo y forma,  no sólo es una situación que ocurre en Saladillo donde miles de vecinos se ven obligados a pagar sumas muy onerosas para acceder a una consulta médica, cuentan con una bajísima cobertura en medicamentos, sufren dilación en autorización de estudios diagnósticos y tratamientos. Uno de los casos más graves en la Provincia de Buenos Aires  que evidencia lo que está ocurriendo con IOMA ocurre en la ciudad de Tandil desde octubre/noviembre de 2022, donde los afiliados han quedado  en manos de la mutual 23 de diciembre, entidad vinculada a una agrupación partidaria a la que el directorio de IOMA le otorgó el gerenciamiento de la  delegación de esa ciudad donde miles de afiliados  se encuentran sin prestaciones o con graves incumplimientos como falta de anestesistas por falta de pagos, en cirugías que habían sido  programadas con varios meses de anticipación en algunos casos. En esta ciudad bonaerense se ha formado el grupo de vecinos Emergencia IOMA Tandil quienes visibilizan el desmantelamiento de IOMA.

            Que, también en octubre de 2022, se desató un  nuevo conflicto entre los médicos de La Plata y el IOMA deja sin cobertura asistencial a más de 320 mil afiliados en la capital bonaerense. Por ese entonces, los profesionales de todas las especialidades, asociados en la Agremiación Médica Platense (AMP), no recibirán bonos de pacientes adheridos a la obra social estatal. Podian pasar por los consultorios, por las clínicas o por los hospitales privados, pero debieron  hacerlo como si no tuvieran cobertura social. O sea, quienes lo requirieron debieron  pagar el servicio sanitario de manera particular. Ya en 2022 en diferentes institutos sanitarios, en 2022 los afiliados al IOMA debían abonar entre 2.100 y 3.000 pesos para concretar una atención con el clínico o el especialista como consecuencia del conflicto. Hoy, en octubre de 2023 los afiliados deben abonar en Saladillo y la zona sumas que oscilan entre los 6000 y 8000 por consultas, y para el caso de cirugías valores que dependen de la voluntad de cada galeno.

            Que, en la ciudad de Mar del Plata la situación que atraviesan afiliados y prestadores la definen como “insostenible para la debida atención de los afiliados”,  habiendo publicado un comunicado este lunes 2 de octubre de 2023 en el que detallan que la situación es insostenible y que por ello la Clínica 25 de Mayo, Clínica Colón y Clínica Pueyrredón han  decidido RESTRINGIR LA ATENCION DE PACIENTES únicamente a los casos de urgencia e informar LA BAJA de la atención de dicho convenio, con el preaviso de 30 días, a la entidad firmante FECLIBA (Federación de Clínicas, Sanatorios, Hospitales y Otros Establecimientos de la Provincia de Buenos Aires). Y así podría seguir citando situaciones similares de distintos distritos bonaerenses como Tigre, Pehuajó, Junín, San Nicolás, Tres de Febrero, o Capitán Sarmiento, entre otros, en los que cada vez son más los prestadores que dejan de prestar servicios para IOMA por bajos honorarios, y/o por  falta  y/o retrasos en los pagos.

            Que las directrices emanadas del actual directorio de  IOMA conculcan de forma flagrante y alevosa lo dispuesto por toda la normativa vigente a nivel nacional y provincial, específicamente ignoran lo dispuesto en  el  Programa Médico Obligatorio conforme Decreto 492 / 1995, resol. MSN 201/2002, Anexos I y II y demás actualizaciones; en  la Convención internacional de Personas con Discapacidad: La República Argentina adoptó la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante la aprobación de la Ley 26.378, el 21 de mayo de 2008. La Convención, como tratado internacional, asume jerarquía superior a la leyes de acuerdo art. 75, inc 22 de la Constitución Nacional; lo dispuesto por la Ley 26529  Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud; las garantías  de accesos a la salud y el derecho a la vida establecidas por la Constitución la Nación Argentina y su correlato en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

            Que, a comienzos de 2023 en  la Legislatura Bonaerense se presentó un pedido de informes en el que se reclama saber el costo total de la infraestructura utilizada para los 48 puestos del «Operativo Verano Donde Estés IOMA» tanto en provincia como en la Ciudad de Buenos Aires. De esta manera e se solicitó  conocer las cifras a las denominadas «postas de esparcimiento» discriminando el alquiler de gazebos, baños químicos, inflables, traslados, fletes, como también el costo de los «kits recreativos» (remeras, pelotas, gorras, llaveros, botellas, dados, entre otras cosas) de la cantidad  de personal ocupado para esta campaña así como honorarios percibidos.

            Que  conforme surge de la información pública el IOMA no tiene déficit contable alguno y, siendo la segunda obras social más grande del  país cuenta con el mayor número de afiliados en condición de trabajadores activos, circunstancia que con una adecuada, empática y humanitaria administración,  le permitiría garantizar el acceso al derecho a la salud a sus más de 2 millones de afiliados, circunstancia que  a pesar de representar suficientes recursos no garantiza que el actual directorio de IOMA  los invierta en garantizar una mejor calidad de prestaciones para sus afiliados. Es entonces que cabe que los ciudadanos y nuestros representantes en ejercicio de funciones públicas nos preguntemos ¿Hacia que lugar se direccionan esos recursos en detrimento de la calidad de las prestaciones que les corresponden a los afiliados?

                        Que, la inclusión del artículo 56 inciso f en la Ley 14.989, con la que el Poder Ejecutivo puede disponer de los fondos no utilizados por el Ioma para el cierre del ejercicio financiero, abre la posibilidad para la subejecución del presupuesto para ser utilizado por los gobiernos de turno.

                        Que,  parecería existir un  “dejar hacer” por parte de algunos efectores  de la Justicia que  miran para otro lado mientras miles de afiliados IOMA deben judicializar  sus peticiones y acreditar lo evidente ante la conducta dilatoria  y de incumplimientos de IOMA, cuyos funcionarios con chicanas y trampas jurídicas pretender  evadir responsabilidades lo cual deja en estado de total desamparo a los ciudadanos damnificados. Resultando menester, en una época de vaciamiento y descrédito  de las instituciones, dotarlas de  credibilidad a cada una de ellas y que cumplan con la función, objetivos y misiones por los que fueron creados, pensando en el bien común y el interés social. Esta afirmación la realizo en base a cientos de casos con sentencia firme en la que IOMA incurre en el delito de desobediencia y órganos como la Unidad Fiscal Nº6 de La Plata decide irrisoriamente  que “no corresponde el delito de desobediencia porque aplican el principio de Ultimo Ratio”. Y ello es absurdo toda vez que la acción de amparo constituye un derecho constitucional para garantizar en forma urgente los derechos y garantías vulnerados. Agotar el pretendido supuesto de “Ultimo ratio” implicaría obligar a los afiliados a iniciar una larga y  aún  más excesiva  y alevosa dilación de las prestaciones, que en los casos de salud implican la perdida de la calidad de vida de los pacientes y una sentencia de  muerte.

            Que en virtud de las facultades conferidas este cuerpo tiene la posibilidad de solicitar las respuestas tanto al directorio de IOMA como a través de los representantes en el poder legislativo provincial para que insten con los recursos provistos por es estado no sólo para exigir respuestas y soluciones, sino para implementar las acciones legales pertinente por incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos a quien han asumido llevar adelante IOMA y hoy están conculcando los derechos de miles de afiliados por la falta de prestaciones; así como se investigue si existió o existe desvío de fondos, y/o maniobras de vaciamiento de IOMA que producen los perjuicios evidenciados en miles de afiliados.

            Que el  pedido de informe al Directorio de IOMA  incluye tomar conocimiento del monto y los motivos de las deudas, como asimismo, la forma en que se tiene prevista la regularización de los  pagos a prestadores así como la actualización de los honorarios y prestaciones, no solo para garantizar el derecho a la atención médica de todos los afiliados, sino además para garantizar el derecho de los profesionales a percibir los honorarios adecuados, en tiempo y forma por la prestación de los servicios que brindan acorde a los índices de inflación existentes.

Que, el Reglamento Interno de este cuerpo legislativo prevé en el Capítulo XV – De la Participación vecinal en las Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en letra de los artículos 115º y siguientes la posibilidad de participación ciudadana de todo vecino o vecina, que reúna las condiciones de residencia en el Municipio que se exigen legalmente para ser Concejal, tiene derecho a peticionar por ante el Concejo, participar de las Sesiones del mismo, con voz pero sin voto y sobre el tema que previamente solicitare por escrito.-

Por los fundamentos antes expuestos  se pone a consideración el siguiente proyecto de COMUNICACIÓN:

ARTÍCULO  1º: Solicítese al directorio de IOMA informe sobre la actualización de honorarios a profesionales y   convenios vigentes con profesionales y  prestadores en el ámbito de la ciudad de Saladillo a octubre de 2023 y por que plazo;  así como detalle  escala de honorarios vigentes a octubre de 2023. Así como también detalle si existe deuda, por que monto y cuál es el motivo de dicha deuda-

ARTICULO 2º Solicítese al Directorio de IOMA y a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires informe sobre la cantidad de amparos judiciales  iniciados por afiliados  durante 2022 y 2023  contra IOMA.

ARTICULO 3 : Solicítese a los diputados provinciales por Saladillo y a la Cámara de Diputados provincial en su totalidad,  eleven pedido de informes en la Legislatura Bonaerense para que IOMA  así como a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, para que informen  actualización de honorarios profesionales y  convenios con prestadores detallando escala de honorarios vigentes a octubre de 2023. También que el  Directorio de IOMA informe sobre la cantidad de amparos judiciales  iniciados por afiliados  durante 2022 y 2023  contra IOMA. Solicítase  estado  parlamentario del pedido de informes ya presentado sobre el gasto generado por IOMA para la temporada de verano 2023  en el «Operativo Verano Donde Estés IOMA» Así como para que insten las acciones pertinentes para procurar dicha información. Solicítesele al Directorio de IOMA el monto  previsto en el artículo 56 inciso f en la Ley 14.989, con la que el Poder Ejecutivo provincial dispuso  de los fondos no utilizados por el IOMA para el cierre del ejercicio financiero 2021  y 2022, así como se pida informe al Ejecutivo bonaerense sobre el destino de dichos fondos.

ARTICULO 4: Solicitase a este Concejo Deliberante de Saladillo declare en emergencia en el sector y ponga la Discapacidad en Agenda.

ARTICULO 5 Solicitase al Poder Ejecutivo Municipal implemente la Discapacidad en Agenda y arbitre los medios a través del Consejo de Accesibilidad local para realizar un censo y hacer seguimiento de las personas y familias con integrantes con discapacidad.

ARTICULO 6: Solicitase al Poder Ejecutivo Municipal arbitre los medios para poner en los ejes del debate de candidatos locales previsto el tema discapacidad y la crisis existente.

ARTICULO 7: Solicitase la banca ciudadana conforme lo previsto en el artículo 115 del Reglamento Interno  para que quien suscribe este proyecto de comunicación pueda exponer en la sesión en la que se trate el presente proyecto.

ARTÍCULO 5°- De forma.-

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Saladillo, 3 de octubre de 2023


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