En el año 2015: 235 víctimas y 7 imputados.
Tras el asesinato de la joven de 21 años, Micaela García en Entre Ríos, y una seguidilla de casos de violencia, se dictó la Resolución N° 305-E-2017 firmada por Patricia Bullrich, Ministra de Seguridad de la Nación, que crea esta mesa de trabajo con el fin de lograr la adecuación de los procedimientos de intervención vigentes a los más altos estándares de eficiencia y respeto de los derechos humanos y deja sin efecto la Resolución 925-E/2016.
Dentro de los fundamentos se encuentra que la violencia de género en las relaciones interpersonales o familiares, es un grave problema social que pone en riesgo la seguridad, integridad y vida de las mujeres, constituyendo escenarios que pueden concluir con el desarrollo de femicidios.
Según la OFICINA DE VIOLENCIA DOMÉSTICA dependiente de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, un SESENTA Y DOS POR CIENTO (62%) de las víctimas de violencia doméstica, son mujeres. La mencionada Oficina registró en el año 2016, que del CIEN POR CIENTO (100%) de las causas que ingresaron en el mes de julio de ese año, un VEINTISIETE POR CIENTO (27%) constituye un nivel de riesgo ALTO.
Las estadísticas que la propia norma refiere en sus considerandos, da cuenta del último informe correspondiente al año 2015, realizado por la Oficina de la Mujer, dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que reveló que el total de víctimas de femicidio asciende a DOSCIENTAS TREINTA Y CINCO (235) y que sólo SIETE (7) imputados por estos delitos obtuvieron sentencias condenatorias.
Mediante Ley N° 26.791 fue modificado el artículo N° 80 del Código Penal de la Nación, incorporándose como agravante de la figura de homicidio, el de una mujer, cometida por un hombre, en un contexto de violencia de género.
Desde esta perspectiva, el MINISTERIO DE SEGURIDAD asumió un rol de política activa en materia de violencia de género, y femicidios no sólo en virtud de los índices mencionados anteriormente, y del impacto social que este flagelo genera entre la ciudadanía, sino, a raíz del rol que cumplen las Fuerzas Policiales y de Seguridad en estos contextos para la posterior investigación de los hechos con perspectiva de género.
Que, en este sentido, y conforme lo establecido en la Ley de Ministerios, el MINISTERIO DE SEGURIDAD resulta competente en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.
Que, asimismo, se encuentra facultado para entender en la prevención del delito; en la elaboración y ejecución de planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a intervenir en la distribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el logro de los objetivos.
Con el objeto de fortalecer, profesionalizar y coordinar la actuación de los Cuerpos Policiales y Fuerzas de Seguridad como auxiliares de la justicia, resulta necesario conformar una Mesa de Trabajo cuyo objetivo consistirá principalmente en el desarrollo de políticas públicas de prevención e investigación en materia de femicidios, la elaboración de protocolos y guías de actuación, y la articulación entre los actores que trabajan esta temática.
A través de la Resolución M.S. N° 949/12 se creó una Mesa de Trabajo interdisciplinaria con el objetivo de desarrollar guías de actuación para las Fuerzas Policiales y de Seguridad para la investigación de casos de violencia de género en sus diversas manifestaciones y, en particular, para los homicidios de mujeres y personas con identidad de género femenina.
Habiéndose cumplimentado el objetivo principal de dicha Mesa de Trabajo mediante la sanción de la Resolución M.S. N° 428/13, mediante la cual fue aprobada la “GUÍA DE ACTUACIÓN PARA LAS FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD FEDERALES PARA LA INVESTIGACIÓN DE FEMICIDIOS EN EL LUGAR DEL HALLAZGO”, la misma fue disuelta.
Por el Resolución MS N° 225/16 se aprobó dentro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE INTEGRIDAD DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD a la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD.
Dentro de los objetivos asignados a la mencionada Dirección se encuentran la promoción de políticas tendiente a velar por la integridad de las personas a través de la elaboración de protocolos de actuación y normativas necesarias a tales fines para poner en práctica por los cuerpos policiales y de seguridad, así como analizar la dinámica del delito con perspectiva de género y diversidad, en base al desarrollo de investigaciones judiciales e intervención policial, a través de la sistematización de datos estadísticos. En el marco de las funciones mencionadas, esta Dirección desarrolló durante el 2016 dos Mesas de Trabajo interdisciplinarias conformadas por organismos pertenecientes al Poder Ejecutivo y Poder Judicial a modo de instancias de intercambio en relación a Protocolos y Guías de actuación en casos de muertes violentas de mujeres o personas con identidad de género femenina.
Esta normativa, publicada en el Boletín oficial en martes pasado, en el 11 de abril de 2017, en su artículo N°2, invita además a la Oficina de Violencia Doméstica y la de la Mujer, ambas dependientes de la Corte Suprema de Justicia, y a la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, que depende del Ministerio Público, a incorporarse a está propuesta interdisciplinaria de abordaje.
18 a abril de 2017,
Graciela Achabal.